Cámara de Comercio de Magangué | Plan Antitrámites
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Plan Antitrámites

Las Cámaras de Comercio como entidades privadas sin ánimo de lucro, que cumplen funciones públicas en el marco de la descentralización por colaboración, hacen parte del grupo de sujetos obligados no tradicionales de la Ley 1712 de 2014 de Transparencia y Acceso a la información Pública. En tal sentido, no están obligadas a adoptar una política antitrámites, ya que de acuerdo con lo previsto por el artículo 75 de la Ley 1474 de 2011, éste sólo aplica para entidades públicas del Orden Nacional.

 

No obstante, es importante que se indique que las Cámaras de Comercio están comprometidas integralmente con la simplificación de trámites, particularmente con aquellos relacionados con la formalización de los empresarios del país. Es así que las Cámaras de Comercio vienen liderando procesos de simplificación y automatización de los trámites registrales, que tienen como fin articularse con la Ventanilla Única Empresarial – VUE, como estrategia del Gobierno que promueve y facilita la actividad empresarial que integra los trámites mercantiles, tributarios y de seguridad social necesarios para la creación, operación y liquidación de las empresas.

 

Así mismo, las Cámaras de Comercio como buena práctica, cuentan con promesas de servicio para dar trámite a las solicitudes de registro, en un término considerablemente inferior al previsto por la Ley 1437 de 2011.

 

Conozca más información a través de los siguientes enlaces:

 

Circular 002 de 2016
Registros Cámaras de Comercio

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