Cámara de Comercio de Magangué | Hasta el 31 de marzo vence plazo para renovar Matrícula Mercantil
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Hasta el 31 de marzo vence plazo para renovar Matrícula Mercantil

Hasta el 31 de marzo vence plazo para renovar Matrícula Mercantil

Magangué, 27 de Marzo de 2017

Hasta este 31 de marzo, tiene plazo de renovar su matrícula mercantil todos los comerciantes, persona natural y jurídica, están en la obligación de figurar matriculados en el registro mercantil de las Cámaras de Comercio. No hacerlo en el plazo establecido implicaría que la Superintendencia de Industria y Comercio imponga sanciones del artículo 37 del código de comercio.

De acuerdo al artículo 33 del código de comercio, las matriculas deben renovarse anualmente hasta el 31 de marzo. En el artículo 30 de la ley 1727 de 2014 se ordeñó que cuando el inscrito no cumpla cada año con renovar oportunamente su registro mercantil, en el mes siguiente la Cámara de Comercio está en obligación de notificar a la Superintendencia de Industria y Comercio para que dicha entidad le aplique la sanción que indica el artículo 37 de comercio.

ARTICULO 37. SANCIONES POR EJERCICIO DEL COMERCIO SIN REGISTRO MERCANTIL: La persona que ejerza profesionalmente el comercio sin estar inscrita en el registro mercantil incurrirá en multa hasta de diez mil pesos, que impondrá la Superintendencia de Industria y Comercio, sin perjuicio de las demás sanciones legales. La misma sanción se aplicará cuando se omita la inscripción o matrícula de un establecimiento de comercio.

Aunque en ese artículo 37 se menciona que la sanción seria de “ diez mil pesos” , la misma en realidad se entiende reemplazada por lo que luego se dispuso en el numeral 5 artículo 11 del Decreto especial 2153 de diciembre de 1992 en donde se menciona que la sanción sería hasta de 17 salarios mínimos mensuales.

Cuáles son los beneficios de tener matricula mercantil?

– La matricula mercantil es para el empresario, es el certificado que da información real y actualizada de la empresa.

– Es la prueba de existencia y representación legal, es la evidencia exigida por la ley para acreditar a una persona legal.

– Le permite a un empresario ser ubicado fácilmente para realizar posibles negocios y alianzas comerciales.

– Da fe de la actividad empresarial que una empresa está realizando.

– Permite determinar las facultades legales y sus limitaciones.

– Permite identificar miembros de la junta directiva de la sociedad y define la duración precisa de la misma.

En lo que respecta a entidades sin ánimo de lucro, la Cámara de Comercio de Magangué le informa que, según lo establecido en el artículo 166 del Decreto ley 019 de 2012, más conocida como ley anti trámites, desde el pasado 1 de enero de 2012 usted debe renovar la inscripción de la entidad sin ánimo de lucro a la que representa.

Con el fin de mantener la actualización del registro y garantizar la eficacia del mismo. Cabe recordar que para que no hayan sanciones la renovación se debe realizar dentro de los tres primeros meses de cada año, es decir antes del 31 de Marzo.

¡Importante!

Usted debe tener en cuenta que su obligación como comerciante, es renovar su matrícula los tres primeros meses de cada año, este trámite puede hacerse personalmente dirigiéndose a cualquiera de nuestras sedes o a través de nuestra página Web www.ccmagangue.org.co o en el link Servicios Virtuales

Cámara de Comercio de Magangué – Área de Registros Públicos
Teléfono:(095) 687 5362
Fax: (095) 687 5362
E-mail: ccmagangue@ccmagangue.org.co

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