
04 Jun PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD PARA MITIGAR, CONTROLAR Y PREVENIR EL COVID-19 EN MAGANGUÉ.
El Gobierno Nacional conforme a la Resolución 0666 de 24 de abril de 2020, establece y obliga a todos los empleadores públicos y privados del país a adoptar el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19, el cual tiene como objeto orientar a todos los empleadores a tomar las medidas generales de bioseguridad en el marco de la pandemia y adaptarlo en los diversos sectores diferentes al sector salud con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a humano durante el desarrollo de todas sus actividades.
El ámbito de aplicación de la Resolución 0666 de 2020, aplica a los empleadores y trabajadores del sector público y privado, aprendices, cooperados de cooperativas o precooperativas de trabajo asociado, afiliados participes, los contratantes públicos y privados, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios de los diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales que requieran desarrollar sus actividades durante el periodo de la emergencia sanitaria y las ARL.
Por lo anterior, la Cámara de Comercio de Magangué informa a todos los comerciantes de la jurisdicción a que se acojan a las medidas reglamentarias expedidas por el Gobierno Nacional en el periodo de la Emergencia Sanitaria, además de lo anterior, deberán diseñar e implementar los protocolos de bioseguridad de acuerdo al anexo técnico de la Resolución 0666 de 2020, cumpliendo con las responsabilidades tanto de los empleadores como de los trabajadores y de la misma ARL.
Señor comerciante, lo invitamos a que cumpla con su Protocolo de Bioseguridad para evitar posibles sanciones por parte de los entes de control y que el mismo sea diseñado por personas competentes para cumplir con todos los lineamientos establecidos en el marco legal.
Por: FCJ. Profesional SST y Calidad