
28 Jun Sobre las actividades empresariales, Ley 1801 de 2016
Magangué, Junio 28 de 2017
El nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia que entró en vigencia desde el 29 de enero del presente año, incluyó algunas reglamentaciones para el ejercicio de actividades económicas desarrollada por las personas naturales y jurídicas, en cualquier lugar y sobre cualquier bien, ya sea comercial, industrial, social, de servicios, recreación o entretenimiento.
Las disposiciones, algunas de las cuales ya estaban explícitas en las reglamentaciones comerciales y que el Código, reafirma, aplica también sin hacer distinción si la actividad se desarrolla o no en establecimientos abiertos o cerrados al público, así como incluye a entidades con o sin ánimo de lucro o aquellas cuya actividad, pese a ser privadas, trascienden a lo público.
El Código Nacional de Policía contempla algunas acciones que se deben cumplir antes de ejercer una actividad económica y otras en el momento en el que se opera. Su inobservancia implica que los comerciantes respondan ante la ley con medidas que van desde el pago de multas hasta la suspensión temporal de la actividad. A su vez, quienes no paguen las multas dentro de los términos establecidos no podrán obtener o renovar el Registro Mercantil en las cámaras de comercio.
Los siguientes son los requisitos que deben cumplir según las nuevas disposiciones, las entidades a las cuales puede acudir y las sanciones a las que se vería expuesto en caso deincumplimiento.
El Artículo 85 de la Ley 1801 de 2016, establece que las cámaras de comercio deberán “permitir el acceso permanente en tiempo real, a la administración municipal o distrital correspondiente y a la Policía Nacional, a las matrículas mercantiles registradas o modificadas”. Igualmente, menciona que es función de la administración municipal o distrital verificar que las actividades económicas estén autorizadas por la reglamentación de las normas de uso del suelo”.
En este mismo artículo, la norma establece que “en caso de cualquier modificación del nombre, datos de ubicación del empresario o el establecimiento de comercio, cambio de domicilio o de la actividad económica con actividades de alto impacto que involucren venta y consumo de bebidas alcohólicas,se requerirá aportar certificación en donde conste que el uso del suelo para el desarrollo de estas actividades mercantiles es permitido”.
La anterior certificación deberá se expedida por la oficina de planeación municipal o el sistema que se establezca para tal efecto y, en caso de no ser expedida, la cámara de comercio podrá negarse a efectuar la inscripción correspondiente en el Registro Mercantil.